Derecho a la intimidad.
Tribunal de Argentina acoge demanda de indemnización de perjuicios deducida contra periodista que atribuyó a funcionario público un romance en programa radial.
El supuesto romance no constituye un tema de interés público ni contribuye a la formación de una opinión pública libre, por lo que constituye un entrometimiento sobre la intimidad antijurídico.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil (Argentina) acogió la demanda de indemnización de perjuicios deducida en contra de una periodista que atribuyó un romance a un funcionario público en un programa radial.
En su libelo, el actor expuso que fue Secretario de Comercio Interior de la Nación entre los años 2003 y 2015, y en el año 2016 fue invitado al programa radial de la demandada. En ese contexto, ella hizo referencias a su vida íntima y privada, atribuyéndole un romance, aún a sabiendas de que se encontraba en emparejado desde hacía años.
Alegó que la periodista se extralimitó, generándole un daño moral de entidad, por cuanto se ha inmiscuido en su vida privada, vinculándolo sentimentalmente con una mujer con quien nunca tuvo relación alguna.
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