Diario Constitucional

Aún al no encontrarse en vigor a la época de los hechos la Ley Nº21.120.

CS condena a bar a pagar multa por discriminación arbitraria de clienta transgénero.

El máximo Tribunal estableció que los jueces de fondo actuaron correctamente al considerar atentatoria contra la identidad de género de la demandante la conducta de la recurrente.

Por Redacción·18 de marzo de 2021·4 min de lectura
CS condena a bar a pagar multa por discriminación arbitraria de clienta transgénero.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia que condenó a la empresa Comercializadora y Administradora Santa Lucía SA (Bar El Túnel) a pagar una multa de 10 UTM por discriminación arbitraria de clienta transgénero.

La sentencia sostiene que, a la luz de lo expuesto, corresponde desestimar el acápite que se analiza, por cuanto aún en el evento que se haya utilizado impropiamente la noción ‘concepto de identidad de género‘, al no encontrarse en vigor a la época de los hechos la Ley Nº21.120 que ‘reconoce y da protección al derecho a la identidad de género’, de todas maneras se configuró un acto de discriminación arbitraria en los términos del artículo 2º de la Ley Nº20.609.

La resolución agrega que como se tuvo por establecido, sólo fundado en la circunstancia de concurrir la demandante en la fecha indicada a un establecimiento comercial vestida conforme los usos de las personas del sexo femenino, fue controlada de manera especial por los guardias del lugar, no sólo solicitándole la exhibición de su cédula de identidad, sino, además, siendo impropiamente consultada acerca del servicio higiénico que eventualmente utilizaría, indicándole que no podía usar los baños destinados a las mujeres.

Comentarios (2)

  1. Antoine Peñaloza

    O sea, ahora si mi hija de 10 años va a un baño público y se encuentra con un transexual que usa el urinario, de pie y mostrando sus genitales «evidentemente masculinos», nuestra familia tendría que solicitar una medida de protección contra el establecimiento y contra el transexual. Y si la CS falla a a favor del transexual, debiéramos demandar al Estado chileno por discriminar y atentar en contra de una menor de edad? Que le pasa a la CS, que se ha vuelto políticamente correcta, más preocupada de que los políticos y el proceso constituyente los vean como progresistas, para que no sea intervenido el poder judicial en el nuevo texto constitucional?

    1. Jair Suárez

      señora su hija no encontrará urinarios en el baño eso se lo aseguro

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