Principio de objetividad.
TOP de Melipilla absuelve a cinco funcionarios de la PDI acusados de apropiación ilícita de evidencia incautada.
El Ministerio Público acusó a los funcionarios vulnerando el principio de objetividad al que está sujeto, causando perjuicios a los acusados y vulnerando su derecho al debido proceso.

El Tribunal Oral en lo Penal de Melipilla absolvió a cinco funcionarios de la Policía de Investigaciones acusados como autores de los delitos de malversación de caudales públicos, obstrucción a la investigación y confección de parte policial maliciosamente falso.
El conflicto surge en 2018, luego que cinco funcionarios activos de la PDI fueran acusados de participar en la apropiación ilícita de una mochila que contenía una suma superior a 40 UTM de dinero en efectivo, la cual fue incautada durante el allanamiento de un inmueble realizado en la comuna de Curacaví.
El Tribunal penal absolvió a los acusados y condenó al pago de las costas al Ministerio Público, al estimar que los actos de los acusados no revisten el carácter de delito, toda vez que realizaron la incautación de la mochila durante un allanamiento en conformidad a derecho, sin haberse acreditado que contenía una suma superior a 40 UTM en su interior y sin haber probado que los acusados eliminaron o alteraron pruebas durante su cadena de custodia, por lo que la prueba presentada no logró el estándar necesario para dar por acreditado, más allá de toda duda razonable, los hechos punibles materia de la acusación. A su vez, tuvo presente que el Ministerio Público tuvo conocimiento de las grabaciones en donde los funcionarios registraron el allanamiento, en donde se acreditaba que la mochila incautada no contenía la suma de dinero referida, por lo que el ente persecutor realizó la acusación de los funcionarios vulnerando el principio de objetividad al que está sujeto, causando perjuicios a los acusados, al sistema de administración de justicia y vulnerando el derecho al debido proceso de los afectados.
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