Diario Constitucional

Rendición de cuentas.

CS confirma fallo que desestimó reclamación de ilegalidad interpuesta por sociedad educacional en contra de Superintendencia de Educación.

No cumplió con la obligación de rendir cuenta de la subvención escolar en la forma prescrita por la ley.

Por Redacción·07 de abril de 2021·2 min de lectura
CS confirmó sentencia que desestimó recurso de protección deducido por el Obispado de Ancud que solicitó un nuevo título de dominio de la propiedad que ocupa desde 1928.
Referencial

La Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de La Serena que desestimó el recurso de reclamación de ilegalidad interpuesto por la Sociedad Educacional Serena Educa Ltda., en contra de la Superintendencia de Educación que le impuso una multa por 501 UTM, en razón de no haber cumplido con la obligación de rendir cuenta de la subvención escolar en la forma prescrita por la ley.

La Superintendencia de Educación, con fecha 13 de diciembre de 2018, instruyó un proceso administrativo a la sociedad educacional sostenedora, por presuntas contravenciones a la normativa educacional respecto de la obligación de rendir cuentas que pesa sobre dichas entidades y, además, por no acreditar las cuentas bancarias en las cuales se administra la subvención.

La Sociedad Educacional efectuó los descargos correspondientes, sin embargo, estos fueron rechazados por la Superintendencia, la que la que confirmó la sanción inicial de multa por 501 UTM, el equivalente a $25.387.674, al estimar que los hechos denunciados son constitutivos de una infracción grave.

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