De forma unánime.
CS rechaza casaciones y condena al Fisco indemnizar por errónea identificación de detenido desparecido.
La CS rechazó los recursos de casación y ratificó sentencia que ordena pagar una indemnización total de $100.000.000 (cien millones de pesos) a hermanas de detenido desaparecido.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó los recursos de casación y ratificó sentencia que ordena pagar una indemnización total de $100.000.000 (cien millones de pesos) a hermanas de detenido desaparecido, cuyos restos fueron mal identificados por el Servicio Médico Legal (SML) en la década del 90.
En su sentencia, expone el máximo Tribunal que es un hecho que tanto los conocimientos científicos como tecnológicos, entendiendo los primeros como el conocimiento teórico y los segundos referidos a las técnicas que emplea o aplican el conocimiento científico, van evolucionando, circunstancias que dan lugar a que respuestas o técnicas que en un tiempo determinado eran correctas y satisfactorias, posteriormente no lo sean. Lo anterior importa reconocer que las conductas han de ser valoradas conforme al estado del conocimiento de la ciencia y la técnica que al tiempo en que se ejecutaron era exigible, aspecto que incidirá en la atribución de responsabilidad.
Enseguida, se agrega que, de la lectura del fallo es posible descartar la existencia del yerro jurídico denunciado, pues la sentencia no ha establecido que la falta de servicio se configure precisamente porque el Servicio Médico Legal no utilizó métodos científicos más certeros, como el ADN mitocondrial. Tampoco establece el factor de imputación de responsabilidad a partir de una mala praxis por parte del Servicio, sino que el reproche formulado por los sentenciadores está dado porque la institución, a pesar que contaba con información que evidenciaba que los métodos de identificación carecían de rigor científico, igualmente siguió adelante con tal labor, con las consecuencias conocidas. Es por ello que la lex artis sobre la cual se enjuicia el obrar del Servicio Médico Legal no dice relación con la práctica de una técnica desconocida a la época en que se realizaron las pericias destinadas a identificar osamentas humanas, sino del cumplimiento que se hizo de la técnica valorada como correcta al tiempo en que se desarrolló el acto científico, con lo cual el punto a valorar es si incurrió en faltas a la técnica o a la metodología vigente en la época.
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