Diario Constitucional

Fallo unánime.

CS confirmó sentencia que desestimó recurso de protección deducido por vecinos de inmuebles ocupados irregularmente.

El ordenamiento jurídico franquea distintos medios o mecanismos para resolver la controversia.

Por Redacción·24 de mayo de 2021·3 min de lectura
CS confirmó sentencia que desestimó recurso de protección deducido por vecinos de inmuebles ocupados irregularmente.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que desestimó el recurso de protección deducido por la Comunidad Condominio Santa Lorenza, Junta de Vecinos Barrio Jardines de Maipú, Junta de Vecinos Villa El Sol V de Maipú e Inmobiliaria Alborada Tres SPA; en contra de la Municipalidad de Maipú, Intendencia de la Región Metropolitana, Jefe de la Defensa Nacional de la Región Metropolitana y del Servicio de Vivienda y Urbanización Área Metropolitana.

Los actores denunciaron la vulneración de las garantías previstas en el artículo 19 N°1, N°2, N°21 y N°24 de la Constitución, en razón que el Lote 2 y 3 del Condominio Santa Lorenza, como la franja afecta a utilidad pública, se encuentran ilegalmente ocupados por unas 100 personas aproximadamente, respecto de las cuales desconocen su identidad, provocando diversas externalidades negativas a los vecinos de la comunidad condominio, de la Junta de Vecinos Barrio Jardines de Maipú y de la Junta de Vecinos Villa El Sol V de Maipú.

Añadieron que los ocupantes han cometido una serie de irregularidades, tales como edificaciones y/o ampliaciones constructivas sin la autorización o ratificación y sin los permisos necesarios; han establecido conexiones irregulares desde postes del alumbrado público a fin de abastecerse de electricidad, dañando los cables, postes y el alumbrado público en general, afectando la continuidad del servicio eléctrico y los servicios de telefonía, Internet, etc.; han ocasionado altercados y enfrentamientos verbales y/o físicos contra otros ocupantes y ellos, empleando elementos contundentes, armas blancas, de fuego e incumpliendo las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad competente a propósito del brote de Covid-19. Pese a ello, la Municipalidad recurrida entregó provisiones de bienes muebles a los ocupantes irregulares de ambos Lotes, cooperó con el establecimiento de conexiones eléctricas irregulares y con el traslado y depósito de escombros desde el interior de dichos predios; lo que se ejecutó con la complicidad de varias autoridades, tales como el Ministerio Público, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Intendencia Metropolitana, Serviu y el Jefe de la Defensa para la Región Metropolitana.

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