Artículos 15, 16 y 26 del Decreto Ley Nº2695 y artículo 890 de Código Civil.
CS declara inadmisible recurso de casación contra fallo que ordenó restituir terreno a grupo scout.
El máximo Tribunal estableció que el recurso intentado no da cuenta de los errores de derechos atribuidos a la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán, que confirmó la de primer grado que acogió la acción.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo presentado en contra de la sentencia que acogió acción reivindicatoria y ordenó la restitución de terreno a comunidad scout de Coelemu.
La sentencia indica que la recurrente de nulidad sustancial expresa que en el fallo cuestionado se infringen los artículos 889, 700, 724 y 924 del Código Civil. Afirma, primeramente, que el actor carece de legitimación activa, sosteniendo a continuación que de no mediar los yerros denunciados la Corte debió rechazar la acción.
La resolución agrega que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, cual es que el escrito en que se lo interpone exprese, es decir, explicite, en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores de derecho.
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