Falta de quórum mínimo para su interposición.
TRICEL deberá pronunciarse sobre el rechazo de las excepciones opuestas por Jorge Sharp en requerimiento de remoción del cargo de Alcalde intentado en su contra.
El inciso cuarto del artículo 60 de la LOC de Municipalidades establece que la causal de remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa, o notable abandono de sus deberes será declarada por el tribunal electoral regional respectivo, a requerimiento de, a lo menos, un tercio de los concejales en ejercicio.

El Alcalde Jorge Sharp presentó un recurso de apelación subsidiario en contra de la resolución del Tribunal Electoral Regional de Valparaíso que rechazó la petición de inadmisibilidad del requerimiento que pide su remoción por notable abandono de deberes y faltas graves a la probidad administrativa y desestimó las excepciones dilatorias que planteó junto a la contestación.
El requerimiento, deducido por un grupo de concejales, le solicita al Tribunal Electoral Regional de Valparaíso que declare que el Alcalde ha incurrido en conductas permanentes y habituales que configuran las causales de remoción por notable abandono de deberes e infracción grave a las normas sobre probidad administrativa. Dichas conductas se traducen en 17 supuestos cargos que, a juicio de los requirentes, configurarían causal suficiente para su destitución y consecuente inhabilidad para ejercer cargo u oficio público por el término de 5 años.
El Alcalde alegó en su contestación, que el requerimiento es inadmisible, desde que no cumple con el quorum exigido por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades: a lo menos un tercio de los concejales en ejercicio. También dedujo las excepciones de falta de capacidad del demandante o de personaría o de representación legal del que comparece en su nombre, planteando otras excepciones que persiguen corregir el procedimiento sin afectar el fondo de la acción deducida.
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