Artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil.
CS declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo presentado en contra de la sentencia que acogió demanda de nulidad de testamento cerrado, al no cumplir el documento con el requisito legal y solemne de estar firmado por el testador.
El máximo Tribunal rechazó el recurso especial deducido en contra de la sentencia, dictada por Corte de Apelaciones de Chillán, que confirmó, con costas, la resolución de primera instancia que se acogió la demanda.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo presentado en contra de la sentencia que acogió demanda de nulidad de testamento cerrado otorgado en Quirihue, al no cumplir el documento con el requisito legal y solemne de estar firmado por el testador.
La sentencia sostiene que el recurrente de nulidad afirma que en la dictación de la sentencia de alzada se han infringido ‘las normas reguladoras de la prueba’. Asegura que se ha alterado el valor probatorio de los medios de prueba regulados por ley, pues no se ha acreditado las alegaciones e imputaciones contenidas en la demanda.
La resolución agrega que el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civil sujeta el recurso de casación en el fondo a un requisito indispensable para su admisibilidad, como es que el escrito en que se interpone ‘exprese’, es decir, explicite en qué consiste y cómo se ha producido el o los errores, siempre que éstos sean de derecho.
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