En fallo unánime.
Corte Suprema ordena a Banco Estado restituir fondos sustraídos a cuentacorrentista.
El máximo Tribunal estableció el actuar arbitrario e ilegal de la entidad bancaria al negarse a restituir los fondos.

En fallo unánime, la Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó a Banco Estado restituir los fondos sustraídos ilegalmente desde la cuenta corriente de cliente.
La sentencia indica que, como lo ha sostenido esta Corte, el contrato de cuenta corriente bancaria constituye una especie de depósito respecto de un bien eminentemente fungible, y que es de cargo del depositario el riesgo de pérdida de la cosa depositada durante la vigencia de la convención (SCS de 20/06/18, rol Nº 2.196-2018); y que, para cada caso, resulta relevante analizar si los eventos que originaron las transferencias cuestionadas no han tenido como única causa la voluntad del depositante o cuentacorrentista, o han ocurrido otros que llevan a sostener que se han incumplido las obligaciones de resguardo y seguridad que recaen en la institución bancaria respectiva.
La resolución agrega que en efecto, la variedad de las formas como se intenta vulnerar los sistemas de seguridad y la dificultad probatoria inmediata obligan a realizar un juicio acerca de indicios sobre la ocurrencia de los hechos y confrontar aquellos con las diversas normas que determinan las obligaciones de seguridad de las instituciones bancarias.
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