Diario Constitucional

Derecho a la vida.

CS revoca resolución y declara admisible recurso de protección deducido en favor de paciente víctima de negligencia médica.

La acción se interpuso en contra del Hospital de Urgencia Pública (Ex Posta Central).

Por Redacción·09 de julio de 2021·2 min de lectura
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Referencial

La Corte Suprema revocó la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible el recurso de protección deducido en favor de una paciente cuyo intestino delgado fue perforado durante una operación.

El actor denunció la vulneración de las garantías a la vida e integridad física y psíquica de su madre, exponiendo que ingresó a urgencias del Hospital recurrido, siendo operada cuatro días después, a fin de destruir mediante laser los cálculos de su vesícula, procedimiento en el cual le perforaron el intestino delgado. Sin embargo, al día siguiente la dieron de alta y, a raíz de los intensos dolores y fiebre, concurrió a un centro asistencial donde le indicaron que tenía una infección, razón por la que volvió al Hospital, instancia en la cual se le solicitó la autorización para una nueva operación, con el mismo doctor que cometió la negligencia médica, motivo por el cual ella se niega.

Agregó que el Hospital recurrido se niega a trasladarla a un lugar donde le puedan brindar una operación de mejor calidad por la situación tan grave en la que se encuentra; alegando que, en lugar de asumir que su madre se encuentra al borde de la muerte por la negligencia médica referida, éste actúa de indolora e irresponsable, al forzarla a firmar una serie de papeles que ni a él me dejan leer, y, además, dejándola en una sala junto con pacientes de Covid-19, colocándola en un riesgo inminente puesto que en su estado de debilidad y salud grave puede contagiarse del virus y no salvarse.

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