Ley 18.695.
Demanda de indemnización de perjuicios contra Municipalidad de Monte Patria y empresa constructora, es acogida. La actora cayó por un alcantarillado, sufriendo diversas lesiones.
La señalización sobre el peligro de tránsito existente en el lugar eran insuficientes para advertir que éste no se encontraba en óptimas condiciones para todo tipo de peatón.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducido en contra de la sentencia pronunciada por la Corte de La Serena, que confirmó el fallo de primera instancia, que acogió la demanda de indemnización de perjuicios en contra de la Municipalidad de Monte Patria y una empresa constructora, por cuanto la falta de señalización del sector provocó la caída de la actora por un alcantarillado.
El Tribunal de Primera Instancia tuvo por establecido que “la demandante cayó dentro de un alcantarillado, resultando con variadas lesiones, entre la más importante una fractura de nariz”. Por otra parte, indica que la Municipalidad “no ha cuestionado la existencia de las obras y el alcantarillado existente en el lugar en que habrían ocurrido los hechos, así tampoco las lesiones que la demandante acreditó”.
Sin embargo, advirtió que la entidad edilicia “no logró acreditar la responsabilidad de la víctima en el accidente producido, quien, según sus dichos, habría buscado una vía no apta para el tránsito”. En virtud del artículo 5º letra c) de la Ley 18.695, sostuvo que “correspondía a la Ilustre Municipalidad de Monte Patria la obligación de velar por el buen estado de los bienes de uso público, procurando evitar cualquier peligro para el tránsito peatonal”.
Temas
Te puede interesar

Declaración de testigo "no permite excluir que el accidente habría sido por la falta de cuidado del demandante o su propia torpeza".
Juzgado Civil de Santiago rechaza demanda contra municipalidad por caída de peatón.

No hubo vulneración de garantías fundamentales.
Intervención a Compañía de Bomberos por problemas disciplinarios se ajustó a derecho.

Reinserción social.
CS confirmó decisión que rechazó traslado de interno a un Centro de Estudio y Trabajo de Gendarmería de Chile en Valdivia.

