Diario Constitucional

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#bien nacional de uso público

Imagen: paiscircular.cl

Desalinización: régimen jurídico

La nueva ley de desalinización: consolidación de un régimen paralelo al Código de Aguas

La Ley N° 21.813 sobre uso de agua de mar para desalinización constituye un avance relevante en la regulación hídrica chilena, incorporando mecanismos de planificación, fiscalización y coordinación institucional. Sin embargo, la normativa mantiene vacíos respecto de la naturaleza jurídica del agua desalinizada y su integración al régimen tradicional del Código de Aguas. El presente trabajo analiza críticamente dichas tensiones, sosteniendo que la ley consolida un estatuto hídrico funcionalmente paralelo al sistema clásico de derechos de aprovechamiento.

14 de mayo de 2026

es.wikipedia.org

Corte rechaza amparo económico

Negar renovación de permiso para vender comida rápida en un bien nacional de uso público no vulnera derecho a desarrollar una actividad económica lícita.

Todo permiso otorgado por la Municipalidad para hacer uso de un bien nacional de uso público es, por su propia naturaleza y por definición, de carácter precario, hasta el punto de que pueden ser dejados sin efecto sin derecho a indemnización. Yerra el recurrente al afirmar que la decisión no se apoya en ningún elemento de convicción que la avale, desde que ella se funda en que distintas unidades del municipio estudiaron los antecedentes del caso y determinaron la inviabilidad de renovar el permiso al actor, pues la ubicación de los vehículos de venta de comida rápida no sólo ocasionaban un dañ

23 de febrero de 2025

mapcarta.com

Corte Suprema confirma fallo

Cauce del río Aconcagua es un bien nacional de uso público y las obras realizadas en él no afectan derechos de propietarios de predios colindantes.

Los derechos cuya protección se pretenden aparecen visiblemente controvertidos por la recurrida, sin que esta acción cautelar pueda llegar a constituirse en una instancia declarativa de derechos, al existir un procedimiento administrativo específico para tales efectos, ya que la competencia administrativa para fijar los deslindes de ríos (lagos y esteros) corresponde privativamente al Ministerio de Bienes Nacionales, en conformidad con las facultades que le entrega el Decreto Ley Nº 1939, de 1977.

17 de febrero de 2025