Recurso de casación en la forma acogido en fallo dividido.
Demanda de liquidación del régimen de participación en los gananciales tramitada ante el juez civil es válida si no se alegó oportunamente la incompetencia.
Jueces de fondo incurrieron en extra petita al anular todo lo obrado en juicio, en circunstancias que ninguna de las partes cuestionó la competencia del tribunal de base.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en la forma interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago que, actuando de oficio en conformidad con el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, anuló todo lo obrado y repuso la causa al estado de proveer nuevamente la demanda, resolviendo en su lugar que la actora debe ocurrir ante quien corresponda para tramitar la demanda de liquidación del régimen de participación en los gananciales. El Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago había acogido la demanda y declarado que el mayor valor obtenido por el demandado durante la vigencia del matrimonio asciende a 44.630,45855 UF, debiendo pagar dicho crédito a la demandante en su equivalente en dinero, con costas.
La casusa se inició por demanda de la cónyuge que solicitó liquidar los gananciales obtenidos durante el periodo 2006 a 2013. Sostiene que los bienes del demandado tienen un valor de, a lo menos, $2.326.779.471, mientras que el incremento patrimonial de sus bienes ascendió a tan solo $77.910.801, motivo por cual pidió que las ganancias sean compensadas y que el demandado sea condenado a pagar $1.142.434.335, correspondiente al 50% del incremento patrimonial.
En su defensa, el demandado expuso que los bienes originarios de las partes quedaron determinados en las capitulaciones matrimoniales del año 2006, y que al contrario de lo que indica la demanda, fue la actora quien vio incrementado su patrimonio, razón por la cual, existe un litigio pendiente con ella en el que le solicita el pago de $1.024.000.000, el cual está siendo conocido por un juez de familia de la ciudad.
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