Diario Constitucional

Recurso de nulidad rechazado.

Denuncia anónima hecha a través de la aplicación “SOSAFE” es válida como antecedente para efectuar un control de identidad y registrar al acusado.

El imputado pretendió anular la condena en su contra, cuestionando la pertinencia de la denuncia generada por la aplicación, en la que se le acusa de portar un arma de fuego en plena vía pública en la comuna de Estación Central, hecho que fue corroborado por los agentes que lo controlaron y detuvieron.

Por Redacción·25 de septiembre de 2023·3 min de lectura
Denuncia anónima hecha a través de la aplicación “SOSAFE” es válida como antecedente para efectuar un control de identidad y registrar al acusado.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de porte ilegal de arma de fuego.

El día 4 de abril de 2020, a las 22.00 horas, el acusado fue sorprendido por funcionarios de la PDI que lo identificaron previa alarma y denuncia efectuada por medio de la aplicación “SOSAFE”, en un sector de la comuna de Estación Central, portando y manteniendo en su poder, al interior de un bolso de color negro, una pistola a fogueo marca Bruni modelo 92 con su respectivo cargador con municiones en su interior, calibre 9 mm, la cual presenta su cañón horadado por acción mecánica, lo que la hace apta para el disparo, y sin contar con las autorizaciones legales correspondientes; por lo que fue detenido y puesto a disposición de la justicia.

En contra de la sentencia condenatoria, el acusado interpuso recurso de nulidad invocando la causal prevista en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.

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