Diario Constitucional

Recurso de protección rechazado.

Destitución de funcionaria del SENAME por agredir a menor bajo su cuidado y no prestarle los auxilios médicos adecuados, se ajusta a derecho.

La sanción fue impuesta por sumario administrativo y es proporcional en atención a la gravedad de los hechos descritos en la formulación de cargos.

Por Redacción·21 de abril de 2022·2 min de lectura
Imagen: RTVE.
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que rechazó el recurso de protección interpuesto por un particular en contra del Servicio Nacional del Menores (SENAME), por considerar arbitraria e ilegal su destitución.

En su libelo, la recurrente indica que se ingresó al SENAME en el año 1994, en calidad de educadora de trato directo, y durante todos sus años de servicio las calificaciones obtenidas por desempeño han sido sobresalientes. Indica, además, que la destitución le fue impuesta como una medida desproporcionada a los hechos que sirvieron de base para la formulación de cargos en el sumario respectivo, los cuales fueron dos: la supuesta agresión a un menor, y no prestar los auxilios correspondientes a la descompensación sufrida por el mismo niño, ambas circunstancias ocurridas el día 13 de mayo de 2017.

De esta forma, alega que debe dejarse sin efecto la medida impuesta, o en subsidio, imponerle una menos gravosa, pues los hechos narrados en los cargos son falsos, ya que en ningún momento maltrató al menor, ni dejó de prestarle auxilio una vez que éste comenzó a descompensarse, lo que acredita el sumario, en cuanto consta que en todo momento fue diligente y mantuvo la preocupación por el infante.

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