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Corte anula multa a junji

Multa de 12 UTM impuesta a JUNJI por incumplimiento en protocolos de uno de sus jardines infantiles, se deja sin efecto por la Corte de Santiago.

Debe colegirse que la alegación de JUNJI, en cuanto a que cuenta con los protocolos y reglamentos debe ser acogida, máxime, si la reclamada no ha contradicho esa aseveración, motivo suficiente para acoger el reclamo presentado, absolviendo a la reclamante de todos los cargos presentados en su contra y dejando sin efecto la multa que se le impuso.

10 de marzo de 2025

Resolución que sindica a un menor como autor de abuso sexual de un compañero es ilegal.

Recurso de protección acogido por Corte de Puerto Montt.

Resolución que sindica a un menor como autor de abuso sexual de un compañero es ilegal.

La declaración contenida en la resolución del juzgado de familia no es inocua, toda vez que su tenor ha sido la razón principal por la cual el niño fue expulsado del colegio, haciéndolo participe de un hecho grave, y que eventualmente, tomará conocimiento de que en una sentencia judicial se lo ha calificado de autor de tales conductas, sin que haya tenido la posibilidad de haber sido oído y defenderse.

13 de junio de 2024

imagen: abogadosencurico.cl

Interés superior del menor.

Madre debe abstenerse de predisponer negativamente a su hija cuando se comunique con su hermano en virtud del régimen de visitas establecido, resuelve un tribunal argentino.

Cuando hay un menor de edad cuyos derechos pueden verse afectados, el juez debe decidir teniendo en cuenta su mejor interés, opinión que puede o no coincidir con la de los adultos que intervienen en el pleito. La regla así establecida que ordena sobreponer el interés del niño a cualesquiera otra consideración tiene el efecto de separar conceptualmente aquel interés del niño como sujeto de derecho de los intereses de los otros sujetos.

17 de agosto de 2023

Imagen: fundacionpiensa.cl

Criterio administrativo del SII

Modificar versus rectificar impuestos

Históricamente, el SII ha establecido un criterio administrativo, que consiste en distinguir entre una “rectificatoria” en una declaración de Impuesto a la Renta, que significa una modificación de datos en un formulario de declaración y pago de impuestos, lo que trae consigo un mayor impuesto a pagar, y una “modificatoria”, que corresponde a un cambio en los datos consignados en los formularios, pero sin un mayor impuesto a pagar. Este criterio es meramente administrativo, debido a que no tiene sustento jurídico-tributario que lo respalde.

09 de marzo de 2023