Invalidación de oficio.
Empresa debe pagar 125 millones de pesos a abogado por honorarios adeudados, resuelve la Corte Suprema.
El máximo Tribunal anuló de oficio la sentencia al observar que la magistratura infringió el principio de congruencia, pues luego de acreditar la existencia de un monto pactado entre las partes desestimó la acción de cobro por un error formal en el monto pedido en el libelo, situación que evidencia una falta de consideraciones de hecho y de derecho que justificaron el fallo.

Al conocer un recurso de casación en el fondo, la Corte Suprema invalidó de oficio la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que confirmó aquella de base que hizo lugar a una demanda de rendición de cuentas, y acogió parcialmente una de cobro de honorarios.
Una empresa inmobiliaria demandó la rendición de cuentas al abogado al que le otorgó mandato judicial, acusando poca claridad y retardo en las gestiones que le fueron encargadas, así como en el desglose de una suma pagada para fines de asesoría, trámites propios de la empresa y representación judicial en una causa penal.
El letrado dedujo acción en contra de la empresa, solicitando el pago de $144.626.000.- adeudados por servicios de asesoría brindados desde el año 2014, cuando pactó con la empresa un pago total de honorarios por $200.000.000.-. Además, solicitó el pago de una suma prudente a fijar por el tribunal, por diversas gestiones realizadas y no pactadas por las partes, que estima en $110.000.000.-, aproximadamente.
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