Recurso de protección declarado admisible.
Estudiante pide a la Corte de Valparaíso que ordene al Instituto Profesional AIEP respetar las condiciones acordadas en su contrato de educación.
El cambio unilateral en las condiciones pactadas supondría una vulneración al derecho a la integridad psíquica y al derecho de propiedad, según el actor.

La Corte Suprema revocó la resolución dictada por la Corte de Valparaíso, que declaró inadmisible el recurso de protección interpuesto por un ex alumno en contra del Instituto Profesional AIEP.
En su libelo, el actor sostiene que en el año 2019 obtuvo el título de Técnico en Construcción y luego de tres años de trabajo en el rubro decidió dar continuidad a los estudios de la carrera de Construcción Civil, en la misma casa de estudios, matriculándose para este programa en la sede de la ciudad de Viña del Mar. Sostiene que el director de la carrera le manifestó que no habría inconveniente para incorporarse a las aulas, pues se le reconocerían los ramos aprobados de sus estudios técnicos y, por ello, se matriculó sin problemas en el año 2021.
No obstante, desde marzo de 2022 su carga académica registra irregularidades, pues en los sistemas internos aparece con sólo dos de sus once ramos técnicos como reconocidos, desconociendo los demás, incluso los cursados en 2021; hecho que el recurrido no reconoce y propone como solución que reinicie los estudios desde el comienzo, pero con dos ramos menos.
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