Declarado admisible por la Corte Suprema.
Ex presidente de Federación de Estudiantes de una Universidad recurre de protección por medida disciplinaria que lo suspende por el plazo de un semestre.
La casa de estudios sancionó al actor por infringir el reglamento del estudiante debido a tratos discriminatorios hacia una alumna, dichos homofóbicos y racistas contra colaboradores y profesores del plantel, e ingresar bebidas alcohólicas al interior del recinto; acusaciones que el alumno -que cursa la carrera de Derecho- tilda de falsas y propias de una persecución política en su contra.

La Corte Suprema revocó una resolución dictada por la Corte de Santiago, y en su lugar, declaró admisible el recurso de protección interpuesto por el ex presidente de la Federación de Estudiantes de la Universidad Bernardo O’Higgins en contra de esa casa de estudios, por haberlo sancionado con la medida disciplinaria de suspensión académica por el plazo de un semestre.
El recurrente indicó ser alumno de cuarto año de la carrera de Derecho, y acusó una “persecución política”, pues durante el año 2022, tiempo en que fue presidente de la Federación de Estudiantes, tuvo que presentar ante las autoridades de la Universidad las solicitudes de los alumnos en atención a mejoras en la infraestructura de sus dependencias.
Añade que al volver de un congreso de estudiantes celebrado en España, en representación de la Universidad, se enteró de una denuncia de una alumna de la carrera de Química y Farmacia, quien alegó tratos discriminatorios de su parte, por lo que le fue notificada el día 28 de noviembre de 2022 la apertura de una investigación sumaria por infracción al reglamento del alumno.
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