Corte Suprema confirmó decisión.
Gendarmería es la institución facultada para determinar las unidades penales donde los condenados deben cumplir sus penas.
La recurrida adoptó todas las medidas para proteger la integridad física del interno en cuyo favor se recurrió.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección deducido en contra del Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, por la madre de un interno que solicitó su traslado al Centro de Detención Preventiva de Quillota.
La actora denunció la vulneración de los derechos de su hijo a la vida e integridad física y psíquica, libertad personal y seguridad individual, y protección a la salud, por los eventuales maltratos ocasionados por funcionarios de Gendarmería a su hijo.
Expuso que su hijo se encuentra cumpliendo pena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso y, desde su ingreso, ha tenido problemas de relevancia con Gendarmería, toda vez que su hijo padece de trastorno de personalidad, siendo atendido en el Hospital San Martín de Quillota, y de un cáncer testicular.
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