Recurso de protección acogido.
Hospital Gustavo Fricke debe evaluar salud de paciente que lleva en lista de espera para cirugía a sus rodillas desde el año 2018, lo ordena la Corte Suprema.
La demora excesiva y la despreocupación del recinto hacia la salud de la recurrente, constituyen un acto arbitrario que vulnera el derecho a salud de la afectada, que permanece a la espera en las listas del nosocomio para la realización de la cirugía de prótesis a ambas rodillas, que -hasta el momento- no es prioritaria para el hospital.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que rechazó el recurso de protección interpuesto por una paciente en contra del Ministerio de Salud, el Servicio de Salud de Viña del Mar, y el hospital Gustavo Fricke, por la demora injustificada en la realización de una cirugía de prótesis para sus rodillas.
La recurrente sostuvo que, el retraso injustificado en llevar adelante el tratamiento vulnera su derecho a la vida, igualdad ante la ley y derecho de propiedad, por lo que pide a los recurrido coordinar las acciones a fin de que pueda ser intervenida de ambas rodillas, y recuperar en parte su calidad de vida, destacando que lleva en lista de espera desde el año 2018, y a la fecha del arbitrio, no ha recibido respuesta fundada que indique el motivo del prolongado retraso.
En su informe, los recurridos solicitaron el rechazo del recurso argumentando que, en la especie, no se ha cometido acto u omisión ilegal y arbitrario, declarando que las listas de espera han sufrido el efecto de la crisis sanitaria por pandemia Covid-19 y que, en la actualidad, en traumatología del Hospital Dr. Gustavo Fricke, donde se atiende la actora, existen 4000 pacientes en espera, ordenados de acuerdo con un modelo de priorización.
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