Recurso de casación rechazado.
Corte Suprema acogió demanda de resolución de contrato de prestación de servicios que ordenó a hotel restituir monto cancelado por empresa a cargo de jornadas de capacitación, canceladas tras intoxicación alimentaria de asistentes al encuentro.
La Primera Sala del máximo tribunal descartó error en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó con costas, la de primer grado que declaró la resolución del contrato.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación interpuesto en contra de la sentencia que acogió la demanda de resolución de contrato de prestación de servicios y que le ordenó a la empresa hotelera Gran Palace, restituir el monto cancelado por empresa a cargo de jornadas de capacitación docente, las que fueron canceladas tras intoxicación alimentaria que sufrieron asistentes al encuentro.
El fallo señala que, el recurrente funda su arbitrio de nulidad en que el fallo recurrido ha vulnerado los artículos 1698 del Código Civil y, artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, los que estima infringidos al haberse acogido la demanda vulnerando las normas de valoración de la prueba documental y reguladoras, postulando que con una adecuada valoración de aquellas y, en particular, de la resolución dictada en el sumario sanitario, se debió concluir que no se configura el incumplimiento culpable ni menos doloso, por lo que la demanda debió rechazarse.
Añade que, dado lo expuesto, pide que se invalide la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda.
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