Por la Comuna de Paine.
Impugnan ante el Primer TER Metropolitano resolución del SERVEL que rechaza candidatura al cargo de Alcaldesa de Paulina Nin de Cardona.
La reclamante alega que cumplió con todos y cada uno de los requisitos, trámites y plazos para la declaración de su candidatura.

Se ha presentado ante el Primer Tribunal Electoral Regional Metropolitano, una reclamación en contra de una resolución del Servicio Electoral en que se rechaza la inscripción de la candidatura de Alcaldesa por la Comuna de Paine, dentro del Pacto Electoral Chile Vamos, de Paulina Nin de Cardona.
Cabe hacer presente que la causal invocada dice relación con que el candidato declarado como independiente no cumple con el plazo de independencia comprendido entre el 26 de octubre de 2019 hasta el vencimiento del plazo para declarar candidaturas. Artículo 105 de la Ley N° 18.695 y disposición transitoria trigésima sexta de la CPR.
La reclamante alega que cumplió con todos y cada uno de los requisitos, trámites y plazos para la declaración de su candidatura para competir dentro del Pacto Chile Vamos, en la convicción que poseía la calidad de independiente, no sólo dentro del plazo legal, sino que desde 2017 fecha en que expiró el plazo legal para el proceso de refichaje de las colectividades, ya que nunca pudo ser contactada por el partido Renovación Nacional para comunicar la decisión de desafiliarla, y lo que es más grave fuera del plazo legal, por no contar con sus datos de contacto, lo que se hacía más difícil por la situación de emergencia sanitaria que vive el país. Una resolución del SERVEL no puede perjudicar a un candidato por una causa originada por un error de carácter administrativo atribuible única y exclusivamente a un tercero, en este caso a un partido político.
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