Diario Constitucional

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Interés superior de niña de ocho años se satisface mejor postergando la revinculación con su madre.

Se posterga la revinculación de la niña con su madre hasta que ella se haya sometido a los programas de intervención que fueren necesarios, que la habiliten para ejercer la marentalidad de una manera que ponga al centro la protección y los cuidados de la niña.

Por Redacción·05 de diciembre de 2024·4 min de lectura
Interés superior de niña de ocho años se satisface mejor postergando la revinculación con su madre.
Referencial

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que revocó el fallo de base dictado por el Juzgado de Familia de Quinchao, que dispuso la implementación de un programa de vinculación entre una niña y su madre, conforme a la oferta programática de que disponga el Servicio Mejor Niñez, ordenando una vinculación gradual que consulte el interés superior de la niña, con especial consideración a su etapa de desarrollo y al hecho de que la niña no conoce a la madre, por ser separada de su cuidado a los meses de nacer.

Se alzaron los abuelos paternos, quienes tienen el cuidado de la menor, solicitando que se declare que no han vulnerado derecho alguno de su nieta y que se deje sin efecto el inicio del proceso re vinculatorio.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt revocó la sentencia y rechazó el requerimiento de medidas de protección en favor de la niña, iniciado de oficio por el tribunal a quo.

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