$25.000.000 por concepto de daño emergente.
Juzgado Civil de Santiago acoge demanda por incumplimiento de contrato de seguro automotor.
El Tribunal estableció la responsabilidad de la aseguradora al no cubrir la póliza contra siniestros contratada.

El Décimo Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda de indemnización por incumplimiento de contrato presentado en contra de BCI Seguros Generales y la condenó a pagar la suma de $25.000.000 por concepto de daño emergente, a la parte demandante.
El fallo señala que el demandado de autos no tenía ninguna excusa fundada en la ley o en el contrato para eximirse de indemnizar el siniestro ocurrido en el vehículo asegurado, motivo por el cual habiéndose cumplido por la actora con los requisitos necesario para ser indemnizada en virtud del seguro contratado, procedía que la aseguradora cumpliera con su obligación correlativa de indemnizar el siniestro de acuerdo a lo que impone el artículo 529 del Código de Comercio en su numeral 2.
La resolución agrega que, este sentenciador estima que no es procedente en este caso la ‘exceptio non adimpleti contractus’ también conocida como la excepción de contrato no cumplido y consagrada en el artículo 1552 del Código Civil, alegada por el demandado, pues no se advierte que su contraria haya incurrido en un incumplimiento de alguna de las obligaciones que para ella emanaban del contrato, cuestión que no ocurre a su respecto por lo ya razonado.
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