Contrato de prestación de servicios médicos.
Juzgado Civil de Santiago condena a médico y clínica por negligencia en intervención quirúrgica.
En el fallo, el juez estableció que los demandados actuaron sin el debido cuidado y la diligencia que la lex artis médica exige, incurriendo en una negligencia inexcusable.

El Vigesimosexto Juzgado Civil de Santiago acogió parcialmente la demanda deducida y condenó a médico traumatólogo y clínica privada a pagar las sumas de $1.245.215 por concepto de daño emergente y $25.000.000 por concepto de daño moral, por su responsabilidad en intervención quirúrgica negligente.
El fallo señala que, corresponde determinar si entre el demandante y los demandados existió un vínculo jurídico previo y válido.
La resolución agrega que apreciados los documentos singularizados con los N° 3, 6, 8 y 9, y la confesional, todos del motivo quinto, se concluye que entre el médico demandado Alejando Espinosa Cereceda; la clínica demandada Las Acacias; y el demandante, se celebró un contrato de prestación de servicios médicos, en cuya virtud el médico se obligó –entre otros– a realizar la cirugía ya mencionada con toda diligencia y cuidado, y la clínica a poner a disposición de la paciente el respetivo equipo médico e insumos; y el actor a pagar el costo de la misma.
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