Diario Constitucional

No se respetó el derecho preferente de paso al virar.

Juzgado Civil de Santiago condenó a empresa de transporte de pasajeros y a conductor que provocó graves lesiones a transeúnte que atropelló en la comuna de Recoleta.

El Tribunal estableció la responsabilidad de los demandados en el accidente y de los perjuicios provocados a la víctima, quien ha tenido que soportar una docena de intervenciones quirúrgicas, y a su cónyuge.

Por Redacción·27 de noviembre de 2020·2 min de lectura
Imagen: El Mostrador
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El Duodécimo Juzgado Civil de Santiago condenó a la empresa de transporte de pasajeros Inversiones Alsacia S.A. y a conductor que provocó graves lesiones a transeúnte que atropelló en la comuna de Recoleta, en marzo de 2014.

La sentencia indica que, siendo evidente la concurrencia de capacidad delictual en los demandados, la primera cuestión a dilucidar es la existencia del hecho ilícito. Examinados los informes periciales emanados de Carabineros de Chile, se observa que son contradictorios entre sí. Corresponde aclarar si el demandado, conductor del bus, tiene responsabilidad.

De conformidad a lo previsto en el artículo 134 inciso 1º de la Ley del Tránsito, al efectuarse una maniobra de viraje, se pierde la preferencia de paso y debe entonces aguardarse que quienes circulan por la vía a la cual se pretende hacer ingreso pasen con anterioridad.

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