Diario Constitucional

Se rechaza la demanda de resolución de contrato e indemnización de perjuicios.

Juzgado Civil de Santiago desestima demanda contra clínica por supuesta demora en tratamiento de recién nacido.

El Tribunal estableció que, en la especie, no se configura el incumplimiento de las obligaciones contractuales en que, según los demandantes, habría incurrido el centro asistencial.

Por Redacción·31 de enero de 2022·3 min de lectura
Imagen: pasteur.cl
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El Tercer Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda de resolución de contrato e indemnización de perjuicios deducida en contra del Instituto de Diagnóstico SA (Clínica Indisa), por la supuesta demora en tratamiento de cuadro de hemorragia intraventricular (HIV), que sufrió recién nacido prematuro extremo.

El fallo señala que la demandada dio cumplimiento a las obligaciones contractuales de prestación de servicios de salud y atención clínica, pues, si bien Facundo padeció un HIV tardío, entre otras complicaciones, ello no es predecible ni imputable al equipo médico desplegado por Clínica Indisa, sino a su condición de prematuro extremo, siendo las HIV (hemorragia intraventricular) y las LMPV (leucomalacia periventricular) de ocurrencia más frecuente en estos bebés.

La resolución recuerda que Facundo nació de 28 semanas, con un peso de 1.240 grms., apgar 5/8, siendo trasladado a los 7 días de vida a Clínica Indisa, en donde se establece peso de ingreso de 1.190 grms., siguiéndose los protocolos relativos a la realización de encefalogramas en atención, precisamente, a su prematurez.

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