Daño moral.
Juzgado de Letras de Coquimbo ordena a municipio indemnizar con $28.512.000 a hijo de peatón fallecido por caída de alumbrado público.
En el fallo, el magistrado estableció la falta de servicio de la Municipalidad de Coquimbo y su responsabilidad extracontractual al no disponer de señalética que resguardara la seguridad de los transeúntes mientras se realizaban trabajos de reparación en la vía pública.

El Primer Juzgado de Letras de Coquimbo condenó a la municipalidad local a pagar una indemnización total de $28.512.000 por concepto de daño moral, a hijo menor de edad de transeúnte que falleció a consecuencia de las heridas causadas por la caída de alumbrado público en enero de 2021.
La resolución afirma que, resulta claro que al 7 de enero de 2021, el municipio demandado no obró con la debida diligencia en la administración de calle Melgarejo, procurando el buen estado de esta o adoptando medidas concretas para advertir y/o resguardar a las personas transeúntes, de eventuales problemas en su paso por la vía pública y de los cuales la emplazada ya tenía conocimiento desde abril de 2020.
La resolución agrega que, basado en las pruebas rendidas en esta materia por el actor, especialmente el informe pericial, es posible inferir con caracteres suficientes de gravedad y precisión, la existencia del daño moral que afecta al actor (…), como consecuencia del accidente sufrido por su padre y su posterior fallecimiento, pues es evidente, como consecuencia de toda lógica, que un evento como el sufrido por el actor, genera un fuerte impacto o golpe emocional, máxime si se tiene en consideración que el actor como niño que es, se encuentra en pleno desarrollo y deberá convivir con la carencia de una figura paterna en su formación y educación, con las implicancias afectivas y materiales que ello conlleva.
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