Recurso de casación.
La carga de la prueba recae sobre el demandado si opuso excepción de pago, resuelve la Corte Suprema.
La sentencia recurrida impuso a la demandante la carga de acreditar la existencia de la obligación, lo que altera la disposición legal de la distribución de la carga de la prueba, vulnerando las normas reguladoras de la prueba.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó el fallo de base que rechazó la demanda de cobro de pesos.
La causa versa sobre una demanda ordinaria de cobro de pesos interpuesta por un laboratorio en contra de la Corporación Comunal de Desarrollo de Quinta Normal, solicitando el pago de $44.723.101.- más intereses y reajustes, derivado del supuesto incumplimiento en el pago de 171 facturas electrónicas correspondientes a la compraventa de medicamentos realizadas entre los años 2015 y 2018. La demandante sostuvo que las facturas no fueron impugnadas conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983, por lo que se presumen aceptadas, y que incluso existiría un reconocimiento de deuda por parte del Director de Finanzas de la Corporación.
La demandada solicitó el rechazo de la demanda, oponiendo las excepciones de pago y, subsidiariamente, de prescripción, alegando que las facturas ya fueron pagadas total o parcialmente.
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