Exequátur acogido.
Laudo arbitral dictado en China que condena a una empresa nacional deberá cumplirse en Chile, resuelve la Corte Suprema.
La empresa chilena no cumplió con el envío de algas secas hacia el país oriental, pese a que su contraparte pagó adelantadamente parte del total del contrato, por ende, la compañía china presentó el litigio ante una comisión arbitral, que condenó a la vendedora a la devolución de lo pagado anticipadamente. El máximo Tribunal autorizó el pase regio al observar que el laudo no vulnera el orden público nacional.

La Corte Suprema acogió el exequátur solicitado por una empresa china en contra de una sociedad chilena, para hacer cumplir en nuestro territorio un laudo arbitral de fecha 2 de marzo de 2022.
La solicitante sostuvo que en 2017 celebró un contrato de compraventa de algas con una empresa nacional con sede en Valparaíso, mediante el cual, la empresa asiática compraba algas a la compañía chilena, por un monto total de 63.500 dólares estadounidenses. Aduce que, pese a que pagó las cuotas iniciales, la vendedora no cumplió con el envío de las algas hacia China.
La controversia fue conocida y resuelta por la Comisión de Arbitraje Económico y Comercial Internacional de China, que condenó a la demandada a la devolución de 25.400 dólares, así como al pago de indemnizaciones por los perjuicios ocasionados y las costas del abogado demandante.
Comentarios (1)
Victor me parece que vamos mal. Si fuera a la inversa, la justicia China lo tomaria de la misma forma?
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