Corte acoge recurso de nulidad
“Manipular” máquina tragamonedas para vencer la custodia del «mueble cerrado» no califica como un instrumento semejante a llaves falsas o ganzúas, exigido por el artículo 442 N°3 del Código Penal.
Aunque el acusado logró expulsar las monedas, no se probó que el dispositivo cumpliera con las características necesarias para vencer resguardos de protección bajo el tipo penal de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, por lo que debe ser absuelto.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa jurisdicción, que condenó al acusado a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, como autor del delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado.
El recurrente alegó que se falló con errónea aplicación del derecho, ya que los sentenciadores decidieron condenar al imputado por el delito de robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado por haber manipulado una maquina tragamonedas con un objeto, en circunstancias que dicho dispositivo no actuó directamente sobre una cerradura ni cumplió la función de vencer mecanismos de seguridad, como lo harían llaves falsas o ganzúas, ni podía considerarse un «instrumento semejante» en los términos del artículo 442 N°3 del Código Penal, desde que extender el alcance de este concepto mediante analogía vulnera el principio de legalidad. Por lo tanto, al tratarse de hechos atípicos, el acusado debió ser absuelto.
En mérito de ello, invoca en su impugnación la causal de nulidad de la letra b), del artículo 373, del Código Procesal Penal.
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