Diario Constitucional

Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Opinión personal sobre quienes efectuaron un ataque terrorista, está cubierta dentro de la libertad de expresión.

Corte de Estrasburgo considera desproporcionado el castigo impuesto por el Estado de Francia a un antiguo terrorista que calificó de “valientes” a los yihadistas que perpetraron diversos ataques en París el año 2015.

Por Redacción·30 de junio de 2022·2 min de lectura
Imagen: FREDERICK FLORIN/AFP/Getty Images
Referencial

Llamar «valientes» a los yihadistas que cometieron los atentados de París el día 13 de noviembre de 2015, en que 130 personas perdieron la vida y varios cientos resultaron heridas, está cubierto por la libertad de expresión, según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

En uno de sus recientes dictámenes el Tribunal considera «desproporcionada» la pena de 18 meses de cárcel que se le impuso por emitir esta opinión en Francia a Jean-Marc Rouillan, antiguo miembro del grupo terrorista Acción Directa.

Los jueces europeos señalan que el fallo constituye en sí mismo «(…) una satisfacción justa y suficiente de los daños morales sufridos» por esa condena a Rouillan, al que Francia tendrá que pagar 15.000 euros por costas judiciales.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.