Recurso de amparo acogido.
Para resolver la solicitud de permanencia definitiva debe considerarse la realidad socioeconómica actual del amparado, y no la que tenía al ingresar la petición hace tres años.
En un plazo de 30 días el Servicio Nacional de Migraciones debe reevaluar su decisión en consideración a la actual solvencia económica del actor.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Antofagasta, y en su lugar acogió el recurso de amparo interpuesto por un ciudadano venezolano en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por rechazar su solicitud de permanencia.
En su libelo, el amparado indica que presentó la solicitud de permanencia definitiva en noviembre de 2018. El día 24 de enero de 2022, el recurrido rechazó la petición al considerar que el actor no pudo acreditar solvencia económica en el periodo que va desde el 18 de diciembre de 2018 al 18 de diciembre de 2019.
Agrega que tal decisión del órgano fundada en antecedentes socioeconómicos de hace tres años es arbitraria e ilegal, pues en la actualidad goza de empleo y estabilidad económica, los cuales se verán afectados con el rechazo de su permanencia al quedar en condición de ilegalidad como residente, vulnerando con ello su seguridad individual; por lo tanto, pide a la Corte que deje sin efecto la resolución impugnada y que el recurrido pueda reevaluar su solicitud en vista de su condición económica actual.
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