Recurso de nulidad rechazado.
Portar un cargador repleto de municiones aptas para ser disparadas es una conducta materialmente antijurídica que pone en peligro la integridad de la población, resuelve la Corte Suprema.
El imputado sostuvo que la Fiscalía incorporó pruebas incriminatorias una vez terminada la etapa de investigación, junto con acusar una conducta carente de antijuricidad material, como lo fue portar un cartucho con munición; argumentos desechados por el máximo Tribunal.

La Corte Suprema desestimó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó al imputado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito consumado de tenencia ilegal de partes y pieza de armas de fuego.
El día 15 de abril de 2021, alrededor de las 23:10 horas, en la vía pública, en un sector de la comuna de La Pintana, el actor fue sorprendido a bordo y conduciendo un automóvil portando sin la autorización competente, un cargador metálico, color negro, marca Glock, calibre 9 mm, junto a 16 cartuchos balísticos, aptos para ser percutidos por un arma de fuego de funcionamiento semiautomático y/o automático, compatibles con el calibre .40, por lo que el actor fue detenido y puesto a disposición de la justicia.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado interpuso recurso de nulidad invocando de manera principal la causal de la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, y en subsidio, la circunstancia de la letra b) del mismo artículo; acusando infracción al debido proceso y una errónea aplicación del derecho.
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