Diario Constitucional

Corte Suprema invalida de oficio.

Procede invalidar de oficio sentencia impugnada que al eliminar fundamentos para justificar el rechazo de una solicitud de adopción queda desprovista de consideraciones de hecho y de derecho.

Al eliminarse los considerandos destinados a acreditar que el matrimonio solicitante es idóneo para adoptar a la niña, concurre la causa de nulidad que habilita para invalidar la sentencia en sede de casación.

Por Redacción·22 de julio de 2024·3 min de lectura
Imagen: PJUD.
Referencial

La Corte Suprema invalidó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que revocó el fallo dictado por el Juzgado de Familia de Quillota, que acogió la solicitud de adopción efectuada por un matrimonio respecto de la niña, y que, en consecuencia, constituyó el estado civil de hija de los solicitantes, ordenándose la inscripción.

Contra el fallo de base se alzó la Fundación San José, en calidad de tercero independiente, y el Servicio Nacional de Protección Especializada de la Niñez y Adolescencia, y la Corte de Valparaíso revocó en cuanto desestimó la solicitud de adopción.

En contra de esta decisión, el matrimonio dedujo recurso de casación en el fondo.

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