Reclamo de ilegalidad.
Reclamo de Azul Azul por nuevos cobros municipales aplicables a eventos masivos en el Estadio Nacional, se rechaza por la Corte de Santiago.
Los derechos, aplicables desde marzo de 2024, se enfocan en la recuperación del espacio público ante externalidades negativas y en el resguardo del perímetro del recinto.

La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó la reclamación judicial interpuesta por la Sociedad Azul Azul S.A. en contra de la Municipalidad de Ñuñoa, por la creación de nuevos derechos municipales aplicables a eventos en el Estadio Nacional.
La Municipalidad de Ñuñoa modificó su Ordenanza N° 26, incorporando un nuevo título que establece dos derechos municipales aplicables a eventos masivos realizados en el Estadio Nacional: uno por recuperación del espacio público ante externalidades negativas y otro por el resguardo del perímetro del recinto. Ambos derechos, cuya fórmula considera costos variables y tramos de aforo, se aplican a eventos organizados por entidades privadas con fines de lucro y con más de 10.000 asistentes, debiendo ser pagados por cada día de evento y con anterioridad a su realización.
La reclamante acusó la omisión de pronunciamiento respecto de un reclamo administrativo deducido en contra del decreto que modificó la Ordenanza N° 26.
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