Recurso de nulidad acogido por
Corte anula condena de microtráfico tras la incautación de sólo 13,4 gramos de marihuana.
Los juzgadores del grado decidieron lisa y llanamente “asumir”, que el porte de la escasa cantidad de droga era para comercializarla; para luego, consignarlo como un hecho judicialmente establecido, obviando la regla que una hipótesis podrá tenerse por confirmada en la medida que las pruebas allegadas la hagan probable en grado suficiente, máxime si aquella variable se encuentra refutada de descargo.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, que condenó al acusado a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, como autor del delito de microtráfico.
El recurrente alegó que se falló vulnerando el principio de razón suficiente, ya que los sentenciadores calificaron como tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades la escasa cantidad de sustancia incautada en su auto, que permanecía en un frasco de vidrio (13,4 gramos de marihuana), en circunstancias que debió haber sido subsumida en el artículo 50 de la Ley N°20.000, referido al consumo personal.
Aduce que, el tribunal dio por acreditado que la droga estaba destinada a su comercialización sin prueba que así lo sostuviera, omitiendo además un análisis explícito de la tesis defensiva sobre el carácter personal del porte.
Te puede interesar

Recurso de nulidad acogido
Fallo adolece de manifiesta falta de fundamento al limitarse a transcribir declaraciones de la víctima y testigos sin valorar esos testimonios.

Extradición pasiva acogida
Extradición de chilenos a Argentina por encubrimiento y falsificación de patente

recurso de nulidad rechazado
Corte Suprema confirma condena por porte ilegal de arma de fuego

