Recurso de protección rechazado.
Resolución que prohíbe el ingreso de ciudadana cubana al país por no acreditar solvencia económica, se confirma por la Corte Suprema.
La recurrente solicitó una visa de residencia temporal en calidad de titular, por lo que la acreditación de solvencia económica no es una decisión ilegal ni antojadiza del Ministerio de Relaciones Exteriores, a pesar de que la madre de la actora sea quien la reciba en el país. El máximo Tribunal indicó que, la solicitud que correspondía presentar era una de residencia temporal como dependiente.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Valparaíso, que hizo lugar al recurso de protección interpuesto en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores por una ciudadana cubana, a quien le fue negada la visa para ingresar al país, y en su lugar, rechazó la acción cautelar.
La recurrente sostuvo que la resolución que le prohíbe ingresar al territorio nacional es arbitraria e ilegal, debido a que se le exige un requisito no mencionado en la ley, vulnerando con ello la igualdad ante la ley, la libertad ambulatoria, y el principio de reunificación familiar.
Añade que, solicitó la visa respectiva para ingresar a Chile, no obstante, el recurrido rechazó su petición argumentando que no se encuentra acreditado por algún medio lícito la solvencia económica para permanecer en el país, esto, pese a que su madre posee la residencia definitiva y es la persona que la recibirá y brindará apoyo durante su estadía; por lo tanto, solicita a la Corte dejar sin efecto el acto recurrido.
Comentarios (9)
Gladys Cómo es posible,que algunos extranjeros tengan la desfachatez de venir a demandar aquí en mi país , derechos que en en suyo están lejos de tener
Alexander Osorio Cuento corto, existen derechos humanos consagrados en nuestra constitución política, y los tribunales de la República son garantes de la justicia, en la cual TODOS somos iguales si diferenciación de raza, creencia, nacionalidad, sexo, orientación sexual, condición o discapacidad. Eso permitió incluso exigir a la familia de una chica japonesa extraditar a un compatriota chileno para que fuera juzgado en Francia. La Justicia tiene canales para permitir ejercer el derecho universal. Derengamos la discriminación en todas sus manifestaciones.
Luis Que calidad de justicia tenemos,me avergüenza la calidad moral de nuestros jueces…una persona que llega a un hogar constituido y de una persona que es familiar directo y con residencia en el país,..es discriminada…pero se hace la vista gorda con todos los ilegales delincuentes que nos invaden ..y esta misma justicia es incapaz de echarlos fuera del país….
Nelson debería entrar a CHILE por colchanes Ai no le ponen ningún problema pero ella quería acer las cosas bien y no puede entrar es para la risa como funciona mi querido CHILE
Santiago Morales Mardones Es sólo una formalidad de exigir solvencia económica previa a quien está solicitando ingresar al pais para reunirse con su familia. Sería igual que demuestre disponer de bienes en aquel país al cual va por primera vez. Solo llevas tu inteligencia, voluntad de trabajar y ganar buen dinero. No de convertirse en un zángano del Estado como muchos …
Carlos Aguila Serpa Todo esto parece impecable jurídicamente. Pero a la luz de lo que ocurre con la inmigración ilegal que está ocurriendo, no veo la misma firmeza de la justicia. y que decir de la nula solvencia económica de estos individuos.
Carlos Henríquez Martínez La Corte Suprema rechazó la solicitud por una razón formal que no impide renovar la petición de visa temporal como Dependiente (de los recursos de la madre de la solicitante). El hecho que ingresa al país una cantidad inmensa de inmigrantes sin cumplir requisitos es una cuestión de hecho (con diversas consecuencias jurídicas) pero la Corte Suprema falló una petición formal o regular. Es una situación homologable a la del comerciante regular o «establecido» que debe cumplir muchas obligaciones tributarias, municipales, sanitarias o ambientales frente al comercio irregular o «ambulante». Nadie perdonaría al SII, municipalidad respectiva o Servicio de Salud por no cumplir con su rol de control, a pretexto de existir abundante comercio no establecido.
Cris Excelente. Ya basta de que los Chilenos tengamos que mantener a esta gente.
danilo eso deberían hacer con los colombianos venezolanos etc una excelente medida que marque un presedente y sigan controlando el ingreso de extranjeros a este país
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