Diario Constitucional

Reclamación judicial.

Se anula sanción a Corporación Educacional, tras comprobar entrega de información sobre uso de fondos públicos.

La obligación de entrega de información busca asegurar que los recursos de la subvención se destinen a fines educativos, lo cual fue acreditado en este caso.

Por Redacción·12 de mayo de 2025·2 min de lectura
depositphotos.com
Referencial

La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió una reclamación judicial interpuesta por la Corporación Educacional Padre Pío en contra de la Superintendencia de Educación, que aplicó la sanción de amonestación por escrito a la reclamante.

La actora impugnó la resolución de la Superintendencia, mediante la cual confirmó una infracción al artículo 76, letra b) de la Ley N° 20.529, aunque modificó la sanción originalmente impuesta de privación de subvención, reemplazándola por una amonestación escrita. Alegó que el procedimiento de fiscalización se inició respecto de la rendición de cuentas de subvenciones educacionales del año 2020, señalando que acreditó la totalidad de los fondos involucrados ($192.712.805.-), y que la discrepancia detectada por el fiscalizador, relativa a un monto de $4.721.176.-, no corresponde a falta de acreditación sino a una objeción sobre la forma en que fue presentada la rendición, lo que no constituye infracción, más aun considerando que los sistemas internos de la propia Superintendencia dan cuenta de la acreditación total.

Sostuvo que no existió mala fe ni perjuicio al erario fiscal, y que el cargo ya había sido anteriormente invalidado mediante resolución exenta en 2022, pero fue notificado nuevamente por la Dirección Regional de O’Higgins en 2024.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.