Corte de Santiago
Se confirma multa de 51 UTM a establecimiento que incumplió obligación de notificar abuso sexual
El establecimiento educacional no aplicó el Reglamento Interno y su Protocolo de forma íntegra, configurándose un incumplimiento a la normativa educacional.

La Corte de Apelaciones de Concepción desestimó la reclamación judicial interpuesta por la Corporación Educacional Santa Luisa, en contra de la Superintendencia de Educación, que rechazó el reclamo administrativo contra una multa de 51 UMT impuesta a la actora por infracciones a la legislación educacional.
La reclamante, en calidad de sostenedora del Colegio Santa Luisa de Concepción, sostuvo que la resolución impugnada incurre en ilegalidad, ya que, aunque se reconoce un incumplimiento, la infracción no corresponde a la categoría por la cual se le sancionó, al haberse confundido la obligación de consignar en el Reglamento Interno el deber de denunciar, con la obligación de denuncia propiamente tal. Solicitó que se deje sin efecto la sanción impuesta.
La Superintendencia solicitó el rechazo del reclamo, señalando que el proceso administrativo inició a raíz de un Acta de Fiscalización y una resolución de noviembre de 2022, se formuló un cargo por vulneración de derechos al no aplicar correctamente los protocolos establecidos en el reglamento del establecimiento. Específicamente, mencionó deficiencias en la implementación del Protocolo de Acoso Escolar, la falta de medidas de resguardo y apoyo psicosocial para los involucrados, y la omisión de denunciar el hecho a los organismos pertinentes dentro del plazo legal de 24 horas.
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