Nulidad penal acogida.
Si se cometieron dos delitos de conducción en estado ebriedad procede suspender la licencia de conducir por el plazo de 2 años por cada delito acumulativos
La suspensión o cancelación de la licencia de conducir es una sanción que requiere, entonces, la existencia de un reproche previo, mediante sentencia firme, para su justificación, nada de lo cual ocurre en la especie. Para agravar la pena de suspensión de licencia se requieren condenas previas firmes. Hubo una errónea aplicación del artículo 196 de la Ley de Tránsito. Se impone suspensión de licencia de conducir por dos años por cada delito, a cumplirse de forma acumulativa.

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Juzgado de Garantía de Ancud, que condenó al acusado a dos penas de 41 días de prisión en su grado máximo, al pago de una multa de un tercio de UTM y a la suspensión de la licencia de conducir por dos años respecto del primer hecho y a cinco años respecto del segundo hecho.
El recurrente alego que se falló con errónea aplicación del derecho, ya que el tribunal condenó al acusado a una suspensión de licencia de conducir por cinco años respecto del segundo delito, pese a que ambos ilícitos fueron sancionados en un mismo fallo y sin existir condenas anteriores registradas en el extracto de filiación y antecedentes.
Aduce que, el artículo 196 de la Ley N°18.290 establece que la agravación progresiva de dicha pena (dos, cinco años o cancelación) exige la existencia de condenas previas, no meros eventos fácticos, citando jurisprudencia de la Corte Suprema que respalda la exigencia de sentencias condenatorias firmes previas como presupuesto habilitante para agravar la suspensión, por lo que el juez, al aplicar cinco años de suspensión sin existir tal condición, impuso una sanción más gravosa que la prevista legalmente, infringiendo el principio de legalidad penal y aplicando erróneamente el artículo 196 de la ley referida.
Te puede interesar

Recurso de nulidad rechazado
Prescripción se interrumpe cuando el delincuente comete un nuevo crimen o simple delito

Nulidad penal acogida.
No se puede condenar a imputados solo por encontrarse en el domicilio donde fue hallada la droga

Nulidad penal acogida.
Sentencia que no explica las razones para desestimar la teoría de la defensa es nula

