Libre competencia.
TDLC determina eliminar la restricción de integración vertical para operador del Puerto de San Vicente.
Uno de los factores fue la disminución de la participación de mercado del Puerto San Vicente desde su entrega en concesión.

Luego de varios meses de revisión de antecedentes y de oír a los interesados, el TDLC resolvió eliminar, tras la solicitud de la Empresa Portuaria Talcahuano-San Vicente, la restricción de integración vertical que rige para la concesión del Puerto de San Vicente, operado por San Vicente Terminal Internacional (SVTI).
La Empresa Portuaria Talcahuano San Vicente solicitó al TDLC que informe favorablemente respecto de la solicitud de eliminación de la restricción vertical formulada por SVTI o que, en subsidio, el umbral de participación actual se modifique hasta alcanzar a lo menos el 60% estableciendo el Tribunal, de considerarlo necesario, las condiciones u obligaciones que el concesionario debería cumplir para que dicha eliminación pueda concretarse.
El TDLC tuvo en consideración la importante disminución en la participación de mercado en la transferencia de carga de Puerto San Vicente desde su entrega en concesión y emisión del Dictamen N° 1045 a la actualidad; la existencia de una suficiente presión competitiva por parte de otros frentes de atraque de uso público en la región; el exceso de capacidad del que disponen los principales competidores de SVTI, se acogerá la solicitud planteada por la EPTSV y se alzará completamente la restricción a la integración vertical por no constar en el expediente elementos que justifiquen su mantención en lo que resta del período de concesión, plazo que termina el año 2029.
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