Recurso de nulidad rechazado.
Transitar por la calle acarreando bultos en lugar próximo a la casa habitación configura un indicio de participación en delito de robo en lugar habitado.
El acusado fue sorprendido en un lugar próximo a la comisión de un atraco, trasladando por la vía pública diversas especies de las cuales no pudo probar su origen lícito, por lo que el control de identidad al que fue sometido por Carabineros se ajustó a derecho.

La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de una sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca, que condenó al imputado a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito consumado de robo con fuerza en lugar habitado.
El día 21 de septiembre de 2023, en horas de la madrugada, el acusado y otro coimputado se dirigieron a una casa en la ciudad de Talca, en la que se encontraba pernoctando la víctima; e ingresaron al lugar escalando la reja metálica que sirve de cierre perimetral a la propiedad, y luego fracturaron la puerta por la que se accede desde el exterior a la cocina. Una vez en el interior, sustrajeron un televisor plasma de 55 pulgadas, un taladro eléctrico, 2 controles remotos y un teléfono celular; especies con las que fueron detenidos en un tiempo próximo a la comisión del delito, en las inmediaciones del lugar.
En contra de la sentencia condenatoria, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
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Recurso de nulidad rechazado.
Retirarse de un domicilio durante la madrugada y dejar el portón de acceso y el vehículo al interior abiertos constituye una conducta indiciaria para el control de identidad y registro del imputado.

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