Recurso de nulidad acogido.
Tribunal no puede impedir que abogado de confianza del acusado retome el patrocinio en la causa, resuelve la Corte Suprema.
El letrado no asistió a una audiencia de coordinación de juicio oral, justificándose de forma posterior. No obstante, y pese a que el acusado manifestó en reiteradas ocasiones que deseaba volver a ser representado por su abogado de confianza, el tribunal no autorizó el patrocinio y designó de oficio al defensor penal público, infringiendo con ello el debido proceso.

La Corte Suprema acogió el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo penal de Santiago, que condenó al acusado a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor del delito consumado de incendio.
En contra de la sentencia, el acusado dedujo recurso de nulidad invocando la causal contenida en la letra a) del artículo 373 del Código Procesal Penal, por vulneración al debido proceso.
El recurrente sostiene que, la magistratura no le permitió designar abogado de confianza para su defensa, pese a que en al menos tres ocasiones el abogado particular de su confianza intentó constituir patrocinio y poder en la causa. De esta forma, al no permitir su derecho a representación letrada, e imponer al defensor penal público -profesional que el acusado manifestó no desear como defensa-, los juzgadores vulneran el debido proceso, en atención a su derecho a defensa; por lo tanto, solicita la nulidad de la sentencia y la realización de un nuevo juicio ante tribunal no inhabilitado.
Te puede interesar

Recurso de nulidad rechazado.
Corte de Apelaciones de Santiago confirma fallo que acogió demanda por accidente laboral.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 20.405.
Corte Suprema inicia tramitación de proceso de remoción de directora y consejero del INDH .

Reclamo de ilegalidad contra CPLT.
Resolución que denegó la entrega de información solicitada por ley de transparencia, se confirma por la Corte de Santiago.

