120 firmas.
TRICEL denegó reclamación contra rechazo de candidatura a Convencional Constituyente Independiente por no reunir la cantidad mínima de patrocinantes que exige la ley.
La recurrente alega que no logró juntar las firmas necesario por no haber sido incorporada en forma oportuna al sistema de inscripción online por el ServiciO.

El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó reclamación deducida en contra de la resolución del Director del Servel, que rechazó una declaración de candidatura a Convencional Constituyente por el Distrito 19, por no reunir la cantidad mínima de patrocinantes.
En específico, la resolución impugnada rechazó la referida postulación por vulnerar el artículo 11 inciso primero de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, al no reunir la cantidad mínima de patrocinantes hábiles que exige la ley y la disposición transitoria Vigésima Novena de la Constitución Política de la Republica.
La recurrente alega que no logró juntar las firmas necesario por no haber sido incorporada en forma oportuna al sistema de inscripción online por el Servicio, pudiendo sólo obtener 120 firmas.
Temas
Te puede interesar

Candidato independiente.
Tricel acogió reclamación deducida por EVOPOLI por rechazo de candidatura a Convencional Constituyente de Ingeniero en Minas que colaboró en el rescate de los 33.

Según lo dispuesto en la Ley N°18.556.
Servel publica el padrón electoral definitivo para las Elecciones de abril de 2021.

Afiliación a un Partido Político.
2 Candidatas independientes impugnan ante el Tricel resolución del Servel que rechazó sus postulaciones a Convencionales Constituyentes.

