Recurso de protección acogido, con voto en contra.
Universidad debe reincorporar a alumno de Pedagogía General Básica para que termine sus estudios.
El alumno fue expulsado del plantel por “conductas poco profesionales” observadas durante su práctica profesional, al mantener contacto por redes sociales con sus alumnos. El máximo Tribunal indicó que la medida fue desproporcionada y que existían otros castigos menos lesivos para sancionar la conducta del recurrente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que acogió el recurso de protección interpuesto por un alumno de la carrera de Pedagogía General Básica, en contra de la Universidad Diego Portales, por sancionarlo con la expulsión de la carrera.
El recurrente sostuvo que ingresó a la institución en 2018, y que durante el año 2022 cursó los ramos de práctica profesional. Afirma que en agosto de 2022, fue sancionado con la expulsión de la carrera, debido a conductas “poco profesionales” durante su práctica como docente, al mantener contacto en redes sociales con sus alumnos, medida que acusa desproporcionada, y que atenta contra la igualdad ante la ley, el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales, la honra, la libertad del trabajo, y el derecho de propiedad; por lo tanto, solicita a la Corte que ordene a la recurrida su inmediata reincorporación para poder titularse, dejando sin efecto tan desproporcionado castigo.
En su informe, la Universidad instó por el rechazo de la acción argumentando que el actor incumplió el reglamento de prácticas profesionales docentes, manteniendo contacto por la aplicación whatsapp con algunos de sus alumnos. Asimismo, indica que los informes de su profesora tutora dan cuenta de su actitud poco proactiva en el aula, generando distracciones en los niños, lo que no se condice con el comportamiento que se espera de un futuro profesional de la educación.
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Juan futuro pedofilo
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