Tutela laboral acogida.
Universidad vulneró garantía de no discriminación arbitraria al despedir a Jefa de Escuela en razón de su sexo.
El tribunal destacó que la actora fue degradada sin justificación del cargo de Decana y que la causal de despido invocada no era procedente.

El Primer Juzgado del Trabajo de Santiago acogió la acción de tutela laboral interpuesta en contra de la Universidad Central, resolviendo que se vulneró la garantía de no discriminación arbitraria, prevista en el artículo 19 N°16 inciso tercero de la Constitución, al concluir que el despido de la ex Jefa de la Escuela de Ingeniería se fundó en razón de su sexo.
El fallo expone que la actora es ingeniera civil industrial, posee un MBA y fue profesora titular hasta el término de la relación laboral con la denunciada, la que tuvo vigencia entre el año 2008 y 2020, siendo elegida Decana en el año 2016 por un período de 5 años.
Añade que, a contar del año 2019, se produjo una restructuración de la universidad que fusionó la facultad de ingeniería con la facultad de arquitectura, sin que los organismos superiores, tales como la Junta Directiva, Rector y Vicerrectores, dispusieran reglas claras respecto a la continuidad y acceso a los nuevos cargos, resultantes de la reestructuración. En tal contexto, refiere que, a ambas decanas, la de Ingeniería y Arquitectura, se les ofreció ser Directoras de las respectivas escuelas, sin que a alguna de ellas -ambas mujeres- se les hubiese ofrecido ser Decana de la facultad naciente; lo cual fue aceptado por la actora, empero fue despedida el mismo año, invocándose la causal de desahucio.
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