Corte Suprema.
Vecino de local de Carl’s Jr. debe abstenerse de amedrentar a los trabajadores que allí se desempeñan. Sus pretensiones debe hacerlas valer a través de las autoridades respectivas.
El recurrido sostuvo que el funcionamiento del local perturba el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación.

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que acogió el recurso de protección deducido por una empresa que detenta la franquicia de la marca Carl’s Jr. y sus trabajadores, por el comportamiento violento de un vecino del local.
Los actores expusieron que la cadena de restaurantes de Carl’s Jr., tiene una franquicia en la comuna de Huechuraba que, dispone de las autorizaciones sanitarias vigentes que facultan para la elaboración y consumo de platos preparados que requieren o no cocción, así como de bebidas y helados. En base a ello, dispone de patente comercial de restaurante y servicio móvil de comidas conferida por la respectiva municipalidad, la que se encuentra vigente, emplazándose en una zona que admite la existencia de locales comerciales como el suyo.
Agregaron que el recurrido tiene su domicilio detrás del local comercial y desde que comenzó su funcionamiento se mostró contrario a aquel. En dicho contexto, se presentó en el lugar e increpó a la gerente, acusando de malos olores y amenazando que si no se solucionaba el problema dejaría la embarrada y al retirarse golpeó un par de puertas, atemorizando a los clientes, por lo que contrató los servicios de una empresa para verificar la efectividad del reclamo, la que concluyó que, por escasos segundos, y de manera esporádica por las ráfagas de viento, se sentía leve olor a fritura, por lo que realizó mejoras para mitigar los efectos.
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